En esta sección se encuentran los requisitos para obtener permiso de operación de establecimientos denominados Centros de Apuestas Remotas y /o Salas de Sorteos de Números (Casinos), cabe señalar que el Artículo 20 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos Vigente, en su último párrafo, contempla que el permiso deberá otorgarse únicamente con relación a un establecimiento. Por ningún motivo podrán operar diversos establecimientos bajo un mismo permiso.